YO TAMBIÉN LO ACEPTO!

A estas horas de la noche, cuando aún no he terminado de trabajar, veo el desafío y lo subo! Estoy segura de que cuando coja la camita podré quedarme postrada en ella para siempre! Lástima que haya que trabajar…

A estas horas de la noche, cuando aún no he terminado de trabajar, veo el desafío y lo subo! Estoy segura de que cuando coja la camita podré quedarme postrada en ella para siempre! Lástima que haya que trabajar…

Voy a abrir un nuevo post referente al tema del emule porque está dando bastante de sí y todos nos estamos liando un poco. Trataré de ser más clara al respecto de lo que he querido decir. Voy a empezar refiriéndome al último comentario puesto por Iván en el anterior post del emule, donde se comparaban las penas de un montón de delitos frente a las que “supuestamente” te pueden poner por bajarte música del emule.
Pues bien, ese correo es erróneo, es falso. Cuando un usuario del emule se baja archivos, con copyright o sin él, de Internet, usualmente lo hace sin ánimo de lucro, y está amparado por el derecho de copia privada. Por lo tanto, esto jamás podría ser delito. Esto quiere decir que nunca podrías ir a la cárcel por esta razón.
Un caso distinto sería si te bajaras música o películas, para después venderlas o exhibirlas públicamente. Aquí sí hay ánimo de lucro, por lo tanto sí tiene una sanción penal y por consiguiente sí podría constituir una pena de cárcel. De todos modos, en este caso se trataría de una pena menor, es decir, de seis meses a dos años, y si no tienes antecedentes penales no ingresarías en la cárcel.
Volvamos de nuevo al primer caso. Quedamos en que nos bajamos archivos por medio del emule, pero va a ser para nuestro uso personal. En este caso, al utilizar un programa peer-to-peer no solo estamos descargando archivos, si no también compartiendo los que nosotros tenemos. Aunque ya hemos dicho que esto jamás puede suponer una sanción penal, sí puede suponer un ilícito civil.
La explicación de esto es la siguiente. En la circular 1/2006 mencionada en el post se concreta que compartir archivos mediante un programa como el emule es análogo a subir música a Internet (textualmente: “Quienes colocan en un sitio de Internet una obra protegida sin la autorización de su titular o los usuarios de un sistema Peer to Peer de intercambio de archivos, realizan una conducta de comunicación pública no autorizada, e infringen el derecho exclusivo del titular…”). Subir música a Internet sí supone el ilícito civil del que estamos hablando, porque el artículo 20 de la Ley de Propiedad Intelectual lo considera un “acto de comunicación pública no autorizada”. Esto quiere decir que se nos podría imponer el pago de una multa o una indemnización al autor.
Ahora mi reflexión es la siguiente. Bajarse música de Internet es una conducta socialmente aceptable, y que no conlleva ningún castigo. Pero por otra parte subir material con copyright a Internet (que equivale a compartir tus archivos mediante el emule) supone un castigo. Si nadie comparte los archivos, nadie puede bajarlos. ¿Soy yo o todo esto incurre en una tremenda contradicción?
Gracias a Jorge Blass he descubierto a este mago americano de gran talento. Por algo se ha ganado el título de “Magician’s Magician” (El Mago de los Magos). Empezó en el mundo de la magia con seis añitos cuando asistió a una fiesta de Navidad donde actuaba un mago llamado Harry Collins, que posteriormente se convertiría en su maestro. Fue tal la fascinación de Lance ante el truco que le hizo el Mago Collins, que en ese momento decidió que nada ni nadie le pararía hasta conseguir ser un gran mago. Y parece que no le ha ido nada mal!
Ha conseguido numerosos premios durante toda su carrera, incluyendo el de “Grande Prix” que le reconoce como “World Champion Magician”, y ha sido dos veces galardonado Mago del año por la Academy of Magic Arts.
Pero su lanzamiento al estrellato vino marcado por su aparición en el “Tonight Show” de Johnny Carson. A partir de entonces las ofertas le empezaron a llover, siendo contratado por el prestigioso “Folies Bergere” de Las Vegas rompiendo todos los records de taquilla.
En la actualidad tiene su propio teatro en Las Vegas (Lance Burton’s Theatre), considerado el mejor teatro de la ciudad.
Si vas a Las Vegas, no te pierdas a este gigante de la magia! Para que os entre el gusanillo, os dejo con uno de sus trucos… INCREÍBLE!

Mi vida Erasmus fue corta pero intensa. Sólo estuve un cuatrimestre y eso nunca es suficiente. Aún así me llevé muy buenas amistades, entre ellas a Pedrito, que hoy está de cumpleaños.
Te acuerdas de esta foto? Celebrábamos mis prácticas en un gran despacho… jejeje, que al final no existieron. Ahora he echado el currículo en la misma firma, a ver si ahora me cogen!!
Muchas felicidades guapo! Que tengas un día del todo especial! Y gracias por muchos momentos en Milán. Un besazo!

Muchos me habéis hecho esta pregunta, y ante mi falta de información no sabía contestaros con propiedad. Ahora que me he documentado y creo que ya tengo una idea más bien clara, podré contaros algo.
Algunos sabréis que no hace mucho una juez dictó una sentencia absolviendo a un internauta por bajarse música/películas/lo que sea de internet, es decir, por usar el emule o similares.
El Fiscal le pedía dos años de cárcel por esta práctica, ¿no es una barbaridad? La juez, bastante racional, considera que no es delito (lógico) ya que no existe ánimo de lucro en las descargas y el internauta se encuentra amparado por el derecho de copia privada.
Según el texto exculpatorio, considerar delito las descargas de música sin ánimo de lucro “implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado”.
La sentencia recalca:
Esta posición de la Fiscalía parece extraña, ya que existe una circular emitida por la Fiscalía General del Estado (Circular 1/2006 de 5 de mayo), que aborda el tratamiento de los tipos penales relativos a los derechos de propiedad intelectual e industrial (puede ser que esta circular sea posterior a la sentencia). Esta circular dice textualmente:
2.2.c. Conductas que lesionan los derechos de propiedad intelectual a través de los medios tecnológicos de la sociedad de la información
(…)
La colocación de obras protegidas en Internet así como la utilización de sistemas de intercambio de archivos para la obtención de dichas obras, está incardinada en el concepto amplio del derecho exclusivo de comunicación pública que se define en el vigente art. 20 del Texto Refundido de la LPI. En el proyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la LPI, expresamente se incorpora en el art. 20.2 apartado i), como modalidad específica del derecho de comunicación “la puesta a disposición del público de obras por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija”.
Quienes colocan en un sitio de Internet una obra protegida sin la autorización de su titular o los usuarios de un sistema Peer to Peer de intercambio de archivos, realizan una conducta de comunicación pública no autorizada, e infringen el derecho exclusivo del titular; dicha infracción es susceptible de ser denunciada y reparada mediante el ejercicio de las correspondientes acciones de carácter civil, pero en principio, y salvo que por las circunstancias concurrentes se acredite lo contrario, no concurre en los mismos el elemento subjetivo del ánimo de lucro que exige el tipo penal. El elemento del ánimo de lucro debe ser interpretado, no en el sentido amplio de obtención de cualquier tipo de ventaja, utilidad o beneficio, sino en el sentido estricto de “lucro comercial”.
En cuanto a la conducta del que se limita a bajarse de la Red una obra para su disfrute personal, no realiza un acto de comunicación, sino una copia privada, sin que concurra tampoco el elemento subjetivo de ánimo de lucro en el sentido estricto del lucro comercial.
El principio de intervención mínima que rige en derecho penal debe ser tenido en cuenta para criminalizar tan sólo las conductas que lesionan más gravemente los bienes jurídicos. Es por ello, que en los supuestos en los que en la infracción del derecho exclusivo del titular del derecho de propiedad intelectual, sólo concurre un ánimo de obtener una ventaja de carácter individual o personal, pero no un lucro comercial, la respuesta a la vulneración del derecho debe hacerse desde el ámbito de protección civil.
(…)
En cualquier caso hay que tener algo de cuidado, porque si bien es cierto que no es un delito el bajarse música/películas del emule, constituye un ilícito civil el colocarlas en la Red, lo que probablemente supondría una multa y/o indemnización al autor.
En principio, si nuestra conducta se limita a bajarnos los archivos para uso personal, estamos amparados por el derecho de copia privada y no tenemos que preocuparnos.
Pero todo esto sigue suscitándome muchas dudas:
La Circular de la Fiscalía dice que si eres usuario de un sistema peer to peer, malo. Pero que si solo te bajas cosas, bueno… No lo entiendo. Es decir, ¿que si te limitas a bajar cosas, no pasa nada, pero si ya compartes se considera comunicación pública y eso es constitutivo de un ilícito civil? Entonces, no podremos bajarnos nada, ¿no? Parece ser que sólo se exculpa a aquellos que sólo bajan pero no comparten ¿y cómo se van a bajar cosas si en teoría nadie podría subirlas para compartirlas?
En sí mismo es contradictorio. En principio la copia privada para uso personal es algo lícito. Eso quiere decir que si tú vienes a mi casa y te haces una copia para verla en tu DVD, no pasa nada. Pero en cambio, yo la pongo en mi ordenador y dejo que otro se la baje para que se haga una copia para verla en su DVD, hago un acto de comunicación pública ¿Por qué? Primero dicen que ser usuario de Peer to Peer es algo denunciable, pero luego dicen que si te bajas cosas no pasa nada…
Estoy confusa, a ver si vosotros podéis ayudarme…

Parece ser que poco queda para el gran desenlace. Se filtró la noticia de que el 7 de julio de 2007 (07-07-07!) se publicaría (en inglés) el séptimo y último libro de la saga del joven mago. Parece ser ahora que la fecha oficial es el 31 de julio (sin duda fecha mucho menos emocionante). El título: “Harry Potter and the Deathly Hallows”. El título en español parece que todavía no es oficial y en los foros se barajan varias posibilidades, decantándose la gente por la opción “Harry Potter y los Santos de la Muerte”. Ya veremos cuánto habrá que esperar para que sea traducido. Yo, la verdad, no pienso esperar, aunque la revelación de la autora me dice que igual tengo que volver a meter el libro en el congelador como me pasó con Harry Potter y el Príncipe Mestizo (o como fuera el título en español): “El último capítulo está oculto y ha cambiado ligeramente. Un personaje se salva. Pero tengo que decir que dos que no iban a morir, mueren. Hay que pagar un precio. Se enfrentan al mal en estado puro. Ellos no van a por los secundarios ¿verdad?, van a por los personajes principales. Así que yo también“.
Las apuestas van seis a uno a que Harry muere… es una posibilidad que yo también he barajado desde el principio, un poco dramática pero plausible. Claro está, que si muere Harry opino que es matando a El-Que-No-Debe-Ser-Nombrado. Romeo y Julieta, a su lado, unos aficionados.


¿Para qué complicarnos tanto? Todos deberíamos ver la vida desde la perspectiva de los ojos de Garfield
Gallego, monologuista y mago. ¿Qué más se puede pedir? Desde luego merece la pena ir a ver al Rey de las cosas pequeñas actuar en directo. Lloras de la risa. Y no es para menos! Durante dos horas no para de hablar y hablar y contarte cosas que te pasan a diario, pero te las cuenta con una gracia que muy pocos saben transmitir. En la sala no se dejan de oír comentarios del tipo : “Es verdad, es verdad…”¿quién no guarda una bola de kleenex usada en el bolsillo de la bata o quién no ha rellenado el bote del gel de baño con agua para ver si así salía más? Bueno, pues yo lo he hecho… cosas naturales contadas con picardía por un as de los monologuistas, de los pocos que se hacen sus propios guiones.
Por desgracia, no todo podía ser bueno… la sala donde fuimos a verlo, está bien… si quieres perder unos cuantos kilos sudando como un pollo!! El aforo de 140 personas me lo paso yo por el forro, ahí debíamos estar mínimo 300! Con apenas 10 centímetros cuadrados por persona, lo que significa estar inmóvil dejándote llevar por el vaivén de la corriente de gente que, inexplicablemente, se está moviendo durante todo el espectáculo ¿No podían estarse quietecitos?
Este video de youtube se lo dedico a Antonio que no pudo quedarse hasta el final. El monólogo que más me gusta es el de los pijamas con las tres frases características de madre, pero no está en la red, o por lo menos no lo he encontrado (está el de los pijamas por un lado y el de las tres frases características de madre por otro, dentro del monólogo de los juguetes playeros). Así que os dejo con el de los frutos secos, que es el primero que vi de LuisPi y con el que lloré de la risa. Espero que os guste!!
Quién no conoce a Juan Tamariz y su violín mágico? Si habéis tenido la oportunidad de verlo en directo (o desde el sofá) seguro que no habéis podido evitar abrir los ojos como platos y reíros sin parar, porque encima de ser un excelente mago es un tipo divertido.
Es mundialmente conocido por su magia de cerca, sin duda uno de los mejores en esta especialidad. Sin embargo, el truco que a mí más me gusta, es el truco de las seis cartas. Aquí os lo dejo para que lo disfrutéis, ahora que ya sé poner los videos de youtube en mi página.

Hoy mi Celi tiene un día difícil, y yo no podré estar a su lado. Estas no han sido sus mejores navidades, pero ella es una chica muy fuerte. Lo sé porque la conozco desde hace seis años… cómo pasa el tiempo, eh? Parece que fue ayer cuando empezamos primero de carrera juntas.
Yo tengo el recuerdo de que enseguida conectamos, aunque tal vez al principio yo estuviera sumida en una serie de circunstancias que me impedían conocerla y dejarme conocer de verdad. Pero a partir de segundo ya nuestra amistad empieza a enraizar.
Recuerdo aquellas clases tediosas de inglés en las que para hacer un ejercicio de dos segundos la profesora nos daba media hora, así que el tiempo lo empleábamos en marujear, cotillear sobre chicos y evitar algún que otro bostezo.
También recuerdo las clases de Javier Esguevillas en las que nos empapábamos de noticias internacionales para poder levantar la mano y lucirnos mejor que nadie y donde ella sacó un peazo sobresaliente del que se sentía muy orgullosa.
Jejejeje, y también recuerdo la etapa de Alfredo, Vicen y Neira, en la que como dos colegialas nos dejábamos llevar, siempre con el coqueteo por delante de todo! Aquella época en la que las dos estábamos solteras y arrasábamos allá por donde íbamos!! (Algún día tendremos que dejar a Iván y a Héctor en casa y salir a repetirlo! Una noche de chicas sin maldad, eh? No vaya a ser que se nos pongan celosos)
Y cómo poco a poco nuestras vidas han ido enlazándose, pasando muy buenos momentos juntas y también apoyándonos en los menos buenos.
Es una amiga cojunuda, directa, sincera y con una risa muy contagiosa capaz de encandilarnos a todos que siempre está ahí cuando la necesitas, y aunque ahora no nos vemos diariamente, siempre hacemos lo posible por quedar, llamarnos y charlar aunque apenas sean unos minutos.
Porque te quiero y porque te lo mereces, desde aquí te mando un besazo enorme cargado de chorinoci, para que lo disfrutes.